🗳️ La elección de 2006
Medio punto de diferencia, un resultado impugnado y un país partido en dos: qué se sabe, qué se resolvió y por qué el desacuerdo no se cerró.
Una elección de medio punto
El 2 de julio de 2006 se celebró la elección presidencial más cerrada de la historia moderna del país. El resultado oficial dio la victoria a Felipe Calderón sobre Andrés Manuel López Obrador por una diferencia menor a un punto porcentual, es decir por unos pocos cientos de miles de votos en una elección de decenas de millones. Con una diferencia así, cualquier irregularidad que en otra elección sería marginal pasa a ser potencialmente decisiva, y esa aritmética es la que explica todo lo que vino después.
La coalición encabezada por López Obrador impugnó el resultado y exigió un recuento total de los votos, con la consigna de contar cada uno. El Tribunal Electoral ordenó recontar una parte de las casillas —aquellas en las que se acreditaron inconsistencias en las actas, de acuerdo con los criterios que la ley preveía— y no la totalidad. Tras ese recuento parcial confirmó el resultado y declaró presidente electo a Calderón, señalando al mismo tiempo en su resolución que la campaña se había desarrollado en condiciones que no fueron equitativas.
Ese último punto merece atención porque suele perderse. El tribunal validó la elección y a la vez dejó constancia de irregularidades en la contienda, en particular por la intervención del presidente en funciones y por campañas pagadas por terceros en radio y televisión. Sostener las dos cosas —que el resultado es válido conforme a la ley y que la contienda no fue equitativa— no es una contradicción: es lo que el tribunal efectivamente resolvió, y es de lo que salió la reforma electoral del año siguiente.
2006 · 2 de julio
La elección presidencial se decide por menos de un punto y el resultado se impugna
| Aspecto | Afirmación | Estado |
|---|---|---|
| La diferencia fue menor a un punto porcentual | Documentado. | Cómputo oficial y resolución del Tribunal Electoral. |
| Hubo recuento parcial y no total | Documentado. | Resolución del tribunal, con los criterios legales que aplicó. |
| La contienda no fue equitativa | Establecido por el propio tribunal. | Consta en su resolución, que aun así validó la elección. |
| Cuál habría sido el resultado de un recuento total | No determinable. | No se realizó; a diferencia de 1988, los paquetes no fueron destruidos. |
En qué se parece y en qué no a 1988
La comparación con 1988 se hace todo el tiempo y conviene hacerla bien, porque las diferencias son más instructivas que los parecidos. Lo que se parece: una elección cerrada, un resultado impugnado, una parte del país que no aceptó el desenlace y un conflicto político que duró años.
Lo que no se parece es lo decisivo. En 1988 la autoridad electoral dependía del gobierno, que era juez y parte; en 2006 el árbitro era un organismo autónomo con consejeros designados por el Congreso, y existía un tribunal especializado con facultades para anular una elección. En 1988 el conteo se interrumpió durante horas; en 2006 hubo cómputo, impugnación, resolución fundada y publicada, y un recuento parcial con criterios establecidos. Y sobre todo: en 1988 las boletas fueron incineradas en 1991 y con ellas la posibilidad material de saber; en 2006 los paquetes electorales se conservaron y su apertura posterior fue objeto de litigios y de solicitudes de información.
La conclusión que sacan los estudiosos de esta comparación no favorece automáticamente a ninguno de los dos bandos de 2006, y por eso es útil enseñarla. Dice que el sistema construido en los noventa hizo lo que estaba diseñado para hacer —producir una resolución fundada y verificable— y que aun así no bastó para cerrar el conflicto. De ahí que la discusión sobre 2006 no sea del mismo tipo que la de 1988: no es una discusión sobre evidencia inexistente, es una discusión sobre si el criterio con el que se resolvió fue el correcto.
1988 · 6 de julio
En la elección presidencial el conteo se interrumpe y el resultado queda en disputa
El camino legal de una impugnación
Cómputo y resultados preliminares
Se cuentan las actas y se difunde una tendencia la noche de la elección.
- El conteo rápido no arroja una diferencia suficiente para declarar ganador.
- El cómputo distrital revisa las actas casilla por casilla los días siguientes.
- La diferencia final queda por debajo de un punto porcentual.
Impugnación
La coalición perdedora acude al tribunal y pide recontar todo.
- Se presentan juicios de inconformidad contra los resultados de miles de casillas.
- Se exige el recuento total; la ley preveía recuento solo en supuestos determinados.
- El tribunal ordena abrir una parte de los paquetes conforme a esos supuestos.
Ojo: La discusión de fondo no fue si el tribunal siguió la ley, sino si la ley debía permitir un recuento total en una elección tan cerrada. La reforma siguiente cambió justamente eso.
Resolución
Se valida la elección y se dejan constancia de las irregularidades.
- El recuento parcial no modifica el sentido del resultado.
- El tribunal declara presidente electo a Calderón.
- En la misma resolución señala que la contienda no se desarrolló en condiciones equitativas.
Lo que salió de ahí
La consecuencia institucional del conflicto fue la reforma electoral de 2007, que atacó directamente lo que el tribunal había señalado. Prohibió que partidos y particulares compraran tiempo en radio y televisión, y estableció que la propaganda electoral se transmitiera exclusivamente en los tiempos del Estado repartidos entre los partidos; prohibió la propaganda gubernamental durante las campañas y las expresiones que denigraran a candidatos; y facultó explícitamente el recuento total de votos cuando la diferencia fuera muy estrecha.
Esa última pieza es la respuesta directa a 2006 y conviene señalarla, porque muestra cómo una crisis produce una regla. La discusión de fondo del episodio no había sido si el tribunal aplicó la ley, sino si la ley debía permitir un recuento total en una elección decidida por medio punto. La reforma respondió que sí, y desde entonces ese supuesto existe.
El otro efecto fue político y más difícil de medir. El conflicto dejó a una parte considerable del electorado convencida de que el resultado no había sido legítimo, y esa convicción se sostuvo durante años y fue un elemento central de la política mexicana de la década siguiente. Los analistas discuten cuánto de esa desconfianza se explica por las irregularidades acreditadas y cuánto por la estrategia de las partes, y esa discusión sigue abierta. Lo que puede afirmarse sin tomar partido es que el episodio mostró que un árbitro puede resolver una elección y no lograr que el resultado se acepte, y que las dos cosas son problemas distintos.
2007
La reforma electoral prohíbe comprar tiempo en radio y televisión para campañas
Dato: La facultad de recontar todos los votos cuando la diferencia es muy estrecha no existía en 2006 y existe desde 2007. Es un buen ejemplo de cómo funcionan las reglas electorales en México: casi todas se escribieron después de un conflicto concreto y para que ese conflicto no se repitiera igual.
Basado en: Gloria M. Delgado de Cantú, «Historia de México», y el programa de Historia de México II de la DGB/SEP.