Volver a Reforma e intervención

📕 Las Leyes de Reforma

Qué hacía cada ley, qué problema venía a resolver y qué produjo sin querer.

Las primeras: fueros y propiedad

La Ley Juárez, de noviembre de 1855, suprimió los tribunales especiales del clero y del ejército para asuntos civiles. No los abolió del todo —seguían juzgando faltas propias de su ámbito— pero acabó con la situación en que dos personas cometían el mismo acto y eran juzgadas por jueces distintos según su oficio. Es el primer golpe a los fueros que el Plan de Iguala había garantizado en 1821.

La Ley Lerdo, de junio de 1856, obligó a las corporaciones civiles y eclesiásticas a vender los bienes raíces que no usaran directamente para su fin. Los arrendatarios tenían preferencia para comprar. La palabra clave es desamortizar: no confiscar, sino obligar a que esos bienes salieran al mercado y pudieran cambiar de dueño.

La Ley Iglesias, de abril de 1857, reguló el cobro de derechos parroquiales —bautizos, matrimonios, entierros— y prohibió cobrárselos a los pobres. Sonaba menor y no lo era: tocaba el ingreso corriente de las parroquias y llegaba a la vida diaria de todo el mundo.

En orden
  1. 1855 · 23 de noviembre

    La Ley Juárez suprime los fueros militar y eclesiástico en asuntos civiles

  2. 1856 · 25 de junio

    La Ley Lerdo obliga a corporaciones civiles y religiosas a vender sus tierras

«Todas las fincas rústicas y urbanas que hoy tienen o administran como propietarios las corporaciones civiles o eclesiásticas de la República, se adjudicarán en propiedad a los que las tienen arrendadas, por el valor correspondiente a la renta que en la actualidad pagan […].»
Ley Lerdo, Ley de desamortización de fincas rústicas y urbanas, artículo 1.º · 25 de junio de 1856

Qué hay que ver aquí: Fíjate en dos cosas. Primero, dice «civiles o eclesiásticas»: no era una ley contra la Iglesia solamente, y esa parte es la que acabó alcanzando a las tierras comunales de los pueblos indígenas. Segundo, dice «se adjudicarán a los que las tienen arrendadas»: el que ya rentaba tenía preferencia para comprar. Sobre el papel eso crearía pequeños propietarios; en la práctica, quien podía pagar era quien ya tenía capital.

Las de 1859: la separación completa

Las anteriores eran leyes de un gobierno en paz. Las de 1859 se expiden en plena guerra civil, desde Veracruz, y van mucho más lejos: nacionalizan sin pago todos los bienes del clero, suprimen las órdenes religiosas, establecen el matrimonio y el registro civiles, secularizan los cementerios y declaran la libertad de cultos.

El cambio de tono se explica por la guerra. Ya no se trataba de que los bienes circularan, sino de quitarle al bando contrario su base económica; y ya no de ordenar la relación con la Iglesia, sino de separarla del Estado por completo. Nacionalizar sin pago es distinto de desamortizar, y conviene no confundir las dos palabras en un examen.

El registro civil y el matrimonio civil son la parte que más cambió la vida cotidiana y la que más duró. A partir de ahí, nacer, casarse y morir pasaron a ser hechos que el Estado anota y reconoce, sin importar la religión de nadie. Esa es la definición práctica de un Estado laico, y es lo que hoy sigue vigente.

En orden
  1. 1859 · julio

    Juárez expide en Veracruz las Leyes de Reforma

  • Nacionalización

    Paso de un bien a manos del Estado, aquí sin pago alguno. Es distinto de la desamortización, que obligaba a vender pero dejaba el precio al dueño.

  • Registro civil

    Institución del Estado que anota nacimientos, matrimonios y defunciones. Antes lo hacían las parroquias, y quien no era católico simplemente no existía en los registros.

  • Libertad de cultos

    Derecho a practicar cualquier religión o ninguna. No convierte al país en no católico: quita a la autoridad la facultad de imponer una.

  • Secularizar

    Pasar al ámbito civil algo que estaba en manos religiosas: cementerios, hospitales, escuelas o registros.

Lo que produjo sin querer

La Ley Lerdo hablaba de corporaciones «civiles o eclesiásticas», y las comunidades indígenas eran, jurídicamente, corporaciones civiles. Sus tierras comunales quedaron alcanzadas por la ley aunque el propósito declarado fuera otro.

El resultado fue el contrario del buscado. En vez de crear pequeños propietarios, la desamortización sirvió para que quienes ya tenían capital compraran barato: hacendados, comerciantes y funcionarios. Muchos pueblos perdieron tierras que llevaban siglos trabajando, y el reclamo por esas tierras sigue vivo medio siglo después, cuando estalla la Revolución.

Eso no vuelve a la Reforma un fracaso, y decirlo así sería tan impreciso como celebrarla sin matices. Lo que hay que poder sostener en un examen es que sus resultados fueron desiguales: en separar el Estado de la Iglesia consiguió lo que buscaba y es lo que sigue vigente hoy; en repartir la propiedad, produjo lo contrario de lo que su propio texto prometía.

Lo que la desamortización buscaba y lo que ocurrió
AspectoLo que se proponíaLo que pasó
Con los bienes de la IglesiaQue salieran al mercado y circularan.Salieron, pero los compró quien ya tenía capital.
Con la propiedad ruralCrear una clase de pequeños propietarios.Se concentró más: crecieron las haciendas.
Con las tierras de los pueblosNo eran el objetivo declarado de la ley.Quedaron alcanzadas por ser corporaciones civiles, y muchos las perdieron.
Con la hacienda públicaAmpliar la base fiscal con propiedad que sí paga impuestos.Ingresos inmediatos, pero sin resolver el problema de fondo.
Con el Estado y la IglesiaQue ninguna corporación tuviera fuero, bienes ni registros propios.Se consiguió, y es la parte que sigue vigente.

Basado en: Gloria M. Delgado de Cantú, «Historia de México», y el programa de Historia de México I de la DGB/SEP.